martes, 28 de marzo de 2017
preguntas y respuestas
1. ¿Cómo está compuesta Colombia, según la constitución de 1.991?
Rta:Colombia esta compuesta o dividida por 32 departamentos.
2. ¿Cómo se encuentran divididos los gobiernos departamentales?
Rta: Se encuentra divididos en municipios que están regidos por un alcalde y un concejo municipal.
3. ¿Cómo están conformadas las asambleas departamentales?
Rta: Las Asambleas Departamentales están conformadas por No menos de 11 Ni más de 31 diputados, dependiendo del censo electoral de cada Departamento.
4. ¿Cuáles son las entidades territoriales en Colombia? Explique cada una.
Rta: Son :
*comunas:es un término usado en Colombia para referirse a una unidad administrativa en la cual se subdivide el área urbana de una ciudad media o principal del país, que agrupa barrios o sectores determinados.
* Corregimiento departamental :es un término usado en Colombia para definir un tipo de subdivisión de los diferentes departamentos del país, la cual corresponde a un núcleo de población y sus alrededores pero sin alcanzar la categoría de municipio y sin pertenecer a ninguno de los ya existentes.
*veredas:Una vereda es una localidad o población, caracterizado por ser uno de los centros de división de una ciudad,municipio o corregimiento de mayor magnitud, principalmente es una ubicación rural en ocasiones compuesto por un centro micro urban.
entidades territoriales indígenas:son una figura constitucional que reglamenta la organización de los territorios habitados por comunidades indígenas, las cuales se benefician de las transferencias nacionales. En las ETIS, se establecen gobiernos locales autónomos, con funciones específicas y recursos propios
territorios colectivos:Un territorio colectivo es un territorio cuál queda titulado a una comunidad. Históricamente, estos territorios han sido reconocido para las comunidades de indigenas
Distritos:Parte en que se divide una población, un territorio u otro lugar con fines administrativos o jurídicos.
5. ¿Cómo se divide administrativa y políticamente Colombia, según la Constitución de 1.991?
Rta: Se dividirá para fines administrativos en departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas, que es lo que se conoce como División político-administrativa.
6. ¿Cómo se distribuyen los recursos en Colombia?
Rta :El Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos y Municipios tendrá como base inicial el monto de los recursos que la Nación transfiere a las entidades territoriales antes de entrar en vigencia este acto legislativo por concepto de situado fiscal, participación de los municipios en los ingresos
7. ¿Qué son los distritos especiales y las áreas metropolitanas en Colombia?
Rta: para definir a las entidades segundo nivel de división administrativa (municipios) dotadas de un régimen legal, político, fiscal y administrativo independiente, con características especiales que las destaca o diferencia de las demás en cuanto a su economía, sus recursos, su cultura o su papel administrativo y geográfico.Una entidad administrativa formada por un conjunto de dos o más municipios integrados alrededor de un municipio que sirve de núcleo o metrópoli.
8. ¿Por qué Colombia posee una descentralización administrativa?
Rta: Los preceptos Constitucionales instaurados en 1886 establecieron un gobierno caracterizado por una centralización tanto en lo político, como administrativo, cambios modificados en la parte administrativa con actos legislativos en los año 1936 y 1968, condujeron a algunas reformas en la parte administrativa, como preámbulo a una descentralización. Es importante señalar, que el alcalde desempeñaba una triple función, puesto que era al mismo tiempo representante del gobernador departamental, y de la nómina de ésta, jefe de administración municipal y jefe de la policía, Su función principal era velar por la aplicación de las políticas nacionales a nivel local.
9. ¿Cuántos municipios tiene Colombia actualmente?
Rta:Colombia posee 1.122 municipios registrados en el DANE, conteo que incluye los 5 distritos especiales que se cuentan también como municipios.
10. ¿Cómo es el manejo en cada municipio o distrito?
Rta:Cada municipio tiene su propia organización: poder ejecutivo, órgano coadministrador y poder judicial .El poder ejecutivo está a cargo de un Alcalde, el cual es elegido por voto popular desde 1988, y que ejerce por un período de 4 años a partir de 2004 El Alcalde nombra un gabinete compuesto por sus secretarios.El poder coadministrador está a cargo de un Concejo Municipal elegido por voto popular para el mismo período que el Alcalde. Los Concejos cuentan entre 6 y 45 concejales de acuerdo a la población del municipio.
11. ¿Cómo son creados los territorios indígenas en Colombia?
12. ¿Cuál es la historia sobre el origen de los departamentos colombianos?
13. ¿Cómo están representadas las ramas del poder público en los departamentos colombianos?
RTA:
*El poder ejecutivo
Representado por el Presidente de la República, que hace las veces de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. También está integrado por los ministros, los directores de los departamentos administrativos y los superintendentes, que tienen la función primordial de garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes de todos los colombianos. En el nivel regional está representado por gobernadores y alcaldes.
*El poder legislativo
Representado por el Congreso de la República (Senado y Cámara de Representantes). Entre sus funciones más importantes están: promulgar y modificar las leyes, reformar la Constitución, ejercer control político sobre las acciones del Gobierno y elegir a altos funcionarios pertenecientes a la rama judicial, los organismos de control y la Organización Electoral.
*El poder judicial
Es el encargado de administrar justicia en nuestro país, así en algunos casos esta función es ejercida por las otras ramas del poder o por los particulares. La rama judicial vela por el cumplimiento de la ley y castiga a sus infractores. Según la Constitución, el poder judicial está conformado por la Fiscalía General de la Nación y por otros cuatro organismos, conocidos en conjunto como las Altas Cortes: la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura.
14. ¿Cómo están conformadas las asambleas departamentales?
15. ¿Cómo están representadas las ramas del poder público en los municipios colombianos?
RTA:estan representadas por la rama ejecutiva legislativa y judicial al igual que en el resto del pais.
16. ¿En dónde se encuentran los territorios indígenas en Colombia?
RTA: en Colombia un 3.3 % es indígena (1.378.884 personas), de acuerdo al Censo 2005 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Existen 87 pueblos indígenas, la gran mayoría en la Orinoquía (ecosistemas de sabana) y en la Zona Andina. Sólo un 5 % de la población indígena colombiana habita en resguardos de la Amazonia (70.000 personas en resguardos y otros 30.000 en pequeños centros urbanos fuera de los resguardos).
17. ¿Cómo se creó el Distrito Capital de Bogotá?
RTA: fue un ente jurídico territorial colombiano, creado por el Decreto Legislativo 3640 del 17 de diciembre de 1954 aprobado por el presidente Gustavo Rojas Pinilla anexando a la ciudad propiamente dicha, los municipios cundinamarqueses de Engativa,Fontivon,Suba, Usme,Usaquen y Bosa así como parte de la Colonia Agrícola de Sumapaz. Dichas localidades conservaron parte de su otrora autonomía, hasta que los años siguientes nacieron las alcaldías locales dentro de la parte urbana (algunas de ellas, segregadas de la mayoría de las municipalidades incorporadas), a fin de garantizar cierto orden al territorio distrital.
18. ¿A cargo de quién está el gobierno y la administración de Bogotá?
RTA: el gobierno y la administración de Bogotá esta a cargo de el Alcalde Mayor De Bogotá y la cabeza de la rama ejecutiva del gobierno local de Bogotá ,ademas, Encabeza el gobierno del distrito junto a los secretarios de despacho y los jefes de los departamentos administrativos.
19. ¿ quiénes manejan las localidades en Bogotá?
RTA:las localidades de bogotá estam manejadas por las alcadias locales.
domingo, 26 de febrero de 2017
organización estado colombiano
Organización del
Estado Colombiano.
El Estado colombiano está organizado
en dos partes: las ramas del poder público y los organismos del Estado.
- Las ramas del poder público
son: la rama ejecutiva, la rama legislativa y la rama judicial.
-La otra parte que compone la
organización del Estado es el conjunto de Organismos, estos son: las
instituciones que componen el grupo de los organismos de control como la
Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del pueblo y la Contraloría
General de la República. Un segundo grupo es el de los organismos de la
Organización electoral, los cuales son: el Consejo Nacional Electoral y la
Registraduría Nacional del Estado Civil. El tercer grupo de los Organismos del
Estado son el Banco de la República y la Comisión Nacional del Servicio Civil.
La Comisión Nacional de Televisión entró en liquidación el 10 de abril de 2012,
pero entidades como la Autoridad Nacional de Televisión, la Comisión de
Regulación de Comunicaciones, la Superintendencia de Industria y Comercio y la
Agencia Nacional del Espectro, son las entidades competentes en las labores que
esta Comisión solía llevar a cabo. Participación ciudadana Artículos
de la constitución / Documentos de la Asamblea Constituyente / Legislación y
jurisprudencia Línea de tiempo / Lección para colegios / Publicaciones en
línea
La preocupación central de una
democracia auténtica consiste en garantizar que todos los miembros de la
sociedad tengan una posibilidad real e igual de participar en las decisiones
colectivas. Así, cuando nuestra Constitución establece desde su primer artículo
que Colombia es una República democrática y participativa, está asumido el reto
y el compromiso de promover la participación ciudadana en todos los espacios de
la vida social. Existen dos canales fundamentales a través de los cuales se pone
en práctica la participación ciudadana; el primero es el de la representación y
el segundo el de la participación directa. Entre más personas haya en un grupo,
más difícil es hacer que todos se pongan de acuerdo para tomar una decisión. En
el caso de un país con varios millones de habitantes, esto se hace virtualmente
imposible.
Por eso la democracia ha adoptado la
figura de la representación, según la cual los individuos no participan en
todas las decisiones colectivas, sino que participan en la escogencia de los
representantes que se encargarán de tomar esas decisiones. Y para que la
representación sea más sólida y rigurosa, nuestra democracia exige que esos
representantes estén agrupados en organizaciones políticas que tengan unos
proyectos, intereses, ideologías y puntos de vista definidos.
Este tipo de organizaciones
–denominadas partidos o movimientos políticos– constituyen una garantía para
los electores, pues cuando se elige a un candidato que es miembro de un
partido, se puede saber de antemano que esa persona, en su labor como
representante en el gobierno, tendrá que ser fiel a los propósitos y principios
del partido al que pertenece.
Pero la democracia no se agota en las
elecciones o en la posibilidad de que los ciudadanos escojamos a nuestros
gobernantes cada cierto numero de años. Hay muchos asuntos en los cuales es
posible, y conveniente, escuchar la voz de los ciudadanos. Y esto es lo que
hace nuestra Constitución al garantizar toda una serie de mecanismos de
participación directa para que nos involucremos en el diseño y funcionamiento
de las instituciones públicas y evaluemos y controlemos la gestión de quienes
hemos elegido para que nos gobiernen.
La participación directa, entonces,
se materializa en los mecanismos de participación consagrados en el artículo 40
de la Carta, en las formas de participación de estudiantes, jóvenes y
trabajadores, en la vigilancia y fiscalización de la gestión pública, en la
participación en la función administrativa, en la administración de justicia
por particulares (árbitros o conciliadores), en los mecanismos judiciales para
la protección de intereses públicos, entre otros. A través de toda una serie de
herramientas consagradas en la Constitución y reguladas en las leyes
nacionales, los colombianos podemos entablar una relación directa con las
autoridades públicas, dar a conocer nuestras propuestas, presionar para que
sean adoptadas, opinar sobre asuntos públicos, exigir el cumplimiento de las
normas, vigilar la conducta de los dirigentes, tomar decisiones que nos afectan
a todos o sancionar a los gobernantes que actúan de forma equivocada, entre
otras formas de participación.
Para ello, se han establecido una
serie de mecanismos de participación que tienen la naturaleza de un derecho
político fundamental, atribuido a todo ciudadano, con el objetivo de que cada
uno pueda participar en la conformación, ejercicio y control del poder
político. La Ley 134 de 1994, que reglamenta todo lo relativo a mecanismos de
participación ciudadana, regular detalladamente: la iniciativa popular
legislativa y normativa, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del
mandato, el plebiscito y el cabildo abierto.
martes, 21 de febrero de 2017
lunes, 20 de febrero de 2017
¿que es el estado colombiano? definiciones
- descentralizado:Es considerada un tipo de organización administrativa indirecta, la cual tiene como función realizar actividades para el bien común estado, cuenta con características especificas como la de tener personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía en sus decisiones.
- pluralismo:el pluralismo implica la participación de varios grupos sociales en la vida democrática. Esto quiere decir que el pluralismo valora y hasta promueve que sectores con diferentes ideologias que formen parte de los procesos electorales o la toma de decsiones de un gobierno.
- democracia:La democracia es una forma de gobierno del Estado donde el poder es ejercido por el pueblo, mediante mecanismos legítimos de participación en la toma de decisiones políticas.
- participación:capacidad que tiene la ciudadanía de involucrarse en las decisiones políticas de su país o región.
- soberanía:, el soberano es el ser superior que tiene el poder de decisión, de imponer leyes sin recibirlas de otro, por tanto, no está sujeto a las leyes escritas
- libertad: es la facultad natural del hombre para actuar a voluntad sin restricciones, respetando su propia conciencia y el deber der para alcanzar su plena realización.
- autonomía:Facultad o poder de una entidad territorial, integrada en otra superior, para gobernarse de acuerdo con sus propias leyes y organismos.
- dignidad humana:La dignidad humana es el derecho que tiene cada serhumano, de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona
lunes, 13 de febrero de 2017
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